El régimen común en el impuesto a las ventas se le llama a los que hoy son responsables de dicho impuesto, y deben estar inscritos como tal.
Hoy, los responsables del régimen común se conocen simplemente como responsables del Iva, y los que antes pertenecían al régimen simplificado, se conocer como no responsables del Iva.
En consecuencia, actualmente no es correcto hablar de régimen común en el impuesto a las ventas, sino responsable del impuesto a las ventas.
Definición de régimen común.
Una de las consultas más recurrentes que recibimos de parte de nuestros usuarios, tiene que ver con la definición de régimen común en el impuesto a las ventas.
El problema es que no hay definición legal para el régimen común; ningún artículo del estatuto tributario, decreto o ley lo define, por lo que debemos recurrir a la interpretación.
El régimen común es aquella persona o empresa que está inscrita como responsable del impuesto a las ventas, por vender productos o servicios gravados, y que no está clasificada como no responsable del Iva (antiguo régimen simplificado).